viernes, 13 de abril de 2018

El Acta de la villa de Salamanca: El rechazo a la Constitución de Apatzingán

   Fue en Apatzingán que se emitió la Constitución de 1814, oficialmente nombrado como Decreto Constitucional para la libertad de la América Mexicana y en algún momento se hizo jurar por los ayuntamientos de distintas poblaciones, entre ellas la villa de Salamanca y al no haber sido el Ayuntamiento precisamente, sino un grupo de rebeldes, en una sesión de cabildo se anula tal juramento tachado de inmoral y más calificativos que veremos a continuación:

  En la villa de Salamanca a dos de agosto de 1815: el muy ilustre cabildo, justicia y regimiento, compuesto de los Sres. Presidente Teniente Coronel D. Manuel de Yruela Zamora, comandante militar y político de ella y su jurisdicción, Regidores D. Vicente Martínez de Parra, Alcalde Ordinario de segundo voto en turno, alguacil mayor D. José Tomás Machuca y D. Plácido Soldevilla, con asistencia de D. José Bernardo Barriga, procurador general provisionalmente nombrado por ausencia del propietario, estando juntos y congregados en la sala capitular de sus acuerdos, presente asimismo el señor cura párroco de éste partido, Dr. D. José María Cenón, y los vecinos principales así eclesiásticos como militares y seglares para dar cumplimiento al superior bando publicado en la Corte de México a 24 de mayo del corriente año, se hizo a todos presente, y siendo exhortados a que manifestasen sus sentir sobre la insolente y execrable constitución firmada por once rebeldes, que aseguran ser depositarios de la voluntad general de las provincias de este reino, dijeron: que no han dado jamás sus poderes ni directa ni indirectamente a los pérfidos, obstinados rebeldes, cuya temeraria y muy atrevida constitución, no menos que sus infames, escandalosos, sacrílegos papeles, contrarios en un todo a las sagradas protestas que intentan osadamente destruir, han visto con horror y con la más justa indignación, admirando los criminales excesos a que se han llegado los pérfidos desnaturalizados rebeldes, que han sido y serán por todos los siglos el objeto de execración y del horror aun de las más incultas generaciones. y no pudiendo reprimir los leales sentimientos de su alma, explicaron con el mayor entusiasmo y con las más sensibles demostraciones su constante fidelidad a nuestro augusto y muy amado soberano el Sr. D. Fernando VII (Q.D.G) en cuya defensa protestaron derramar hasta la última gota de su sangre, con la cual hicieran lavar el negro horror que han echado los siempre detestables traidores sobre esta América Septentrional, ejemplar purísimo de fidelidad con el dilatado espacio de casi trescientos años. Últimamente dijeron que todo cuanto han expuesto lo aseguran bajo la sagrada religión del juramento. En cuyo testimonio lo firmaron conmigo considerando que los individuos que actualmente hay en este muy ilustre ayuntamiento y el citado señor cura párroco con su clero, haciendo lo que yo por mi y nombre de la oficialidad y vecinos de esta villa, actuando por receptoría con dos testigos de asistencia aceptados y jurados en forma a falta de escribano público o real que no lo hay en los términos prevenidos por decreto. De todo doy fe.

Manuel de Yruela Zamora, Vicente Martínez de Parra, José Tomás Machuca, Plácido Soldevilla, José Bernardo Barriga, Dr. José María Cenón, Br. Ignacio Muñoz Ahumada, Br. Francisco Pablo Castañeda. Lic. Manuel Procopio Alvis. De asistencia: José María Alvarado y José Vicente Texeda.

Fuente:

Gaceta del Gobierno de México. Sábado 13 de enero de 1816, Tomo VII, No. 848, pp. 46-47

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