Ésta, por demás curiosa, disposición fue proclamada por Bando el 1º de Febrero de 1812, tiempo en el que, especialmente en El Bajío, región de Guanajuato y, principalmente, en Salamanca y sus al rededores, el movimiento de insurrección lo encabezaba Albino García. De él se dice que tenía una habilidad sorprendente para manejar el caballo a pesar de eso que ahora nombramos como "discapacidad", razón por la cual su apodo de "El Manco", aunemos a ello la habilidad de Albino García en el manejo de la reata y la agilidad de su caballo llamado “el Cabro” le hizo famoso en la región y era perseguido al ser considerado como la amenaza más fuerte en el Bajío. Es lo más seguro que el virrey Venegas sabía de ello y proclama por bando algo que nos dice del temor que había en el gobierno virreinal por los levantamientos de los varios Insurgentes que revolucionaban en distintos puntos.
"Acabándose de publicar este decreto (se refiere a las Cortes de Cádiz) este decreto que hará siempre honor a las Cortes españolas de 1812, el virrey Venegas expidió un bando original que también se publicó en San Luis (Potosí) con gran aparato. En él dispuso establecer una junta llamada de "Requisición de caballos" en todas las poblaciones del virreinato.
A esta junta debían presentar todos los vecinos de las ciudades, pueblos, haciendas y ranchos, todos los caballos útiles e inútiles que tuvieran para pagárselos por su legítimo valor en el concepto de que no lo hicieran en el plazo de ocho días sufrirían la pena de comiso del caballo y serían además multados el el cuádruplo del valor del animal. Presentarían las sillas y aparejos de montar para que si a la Real Hacienda, los dependientes de la Acordada y los de Correos, podrían usar caballos pero siendo nada más uno por cada individuo.
"Los que por enfermedad o alguna otra causa justísima necesitaren montar, previa la averiguación correspondiente, se les permitiría también que tuvieran un solo caballo, pero siempre que este por muy bueno o por muy malo no conveniese para el ejército. Se prevenía a los subdelegados que todos los caballos que les fueran presentados los remitieran a la junta de la capital con expresión de sus dueños y pasados los ocho días del recibo de este bando, un testimonio que acreditara no haber quedado caballo alguno en toda la jurisdicción, y por último, que toda persona que pasados quince días de haberse fijado este bando en las esquinas llevare caballo, sería arcabuceado irremisiblemente por este solo hecho, si no acreditaba, brevísimamente ante una comisión militar, la licencia del virrey, de la respectiva junta, o de algún comandante de división o destacamento.
"No dice la crónica si este ingenioso bando se cumplió en todas sus partes; pero si así fue, quisiéramos haber visto la caballada que su excelencia reuniría en la capital del virreinato. Puede ser que a los dos días se haya visto en el apuro del que se sacó la rifa del Elefante." (1)
Si te interesa ver el Bando completo, entra aquí.
Fuente:
1.- Muro, Manuel. Historia de San Luis Potosí. Tomo I. Imprenta, Litografía y Encuadernación de M. Esquivel y Cía. San Luis Potosí, 1910. pp. 135-137
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