Ha sido un poco larga mi ausencia en la actualización de artículos, notas, apuntes, sobre la Guerra de Independencia en su etapa inicial, esta vez, como me encuentro trabajando en un texto que habla precisamente del tiempo que va del Grito de Dolores (16-IX-1810) al Sitio de Cuautla (19-II-1812) aprovecho para transcribir algunos documentos que creo son interesantes y que me están sirviendo de referencia a mi trabajo.
En este caso se trata de una carta que el Cura y Juez Eclesiástico de la ciudad de Guanajuato envía a Calleja haciéndole notar de la confusión que hubo al considerarlo del bando Realista y saqueada su casa cuando ocurrieron los sucesos de Granaditas en septiembre y la Toma de Guanajuato en Noviembre de 1810:
Villa de León, 19 de diciembre de 1810.
Señor general de los ejércitos españoles de pacificación
El doctor don Antonio Lavarrieta, cura y juez eclesiástico de Guanajuato, ante vuestra señoría con todo el acatamiento debido a su alta representación y a las augustas funciones que ejerce, digo: que la reconquista que vuestra señoría hizo en dicha ciudad, sacándola de la opresión en que la tenían los insurgentes, me cogió en Valladolid, a donde me llevó el deseo de conservar mi casa, condenada al saqueo y la rapiña, porque mi hermano político don Domingo Torices es europeo, y se le supuso arbitrariamente que militaba bajo los estandartes de vuestra señoría.
La certeza de este motivo la acreditan la carta que manifiesto a vuestra señoría y la certificación del señor conde de Sierra Gorda y gobernador actual de la diócesis, y fuera de esto es público y notorio.
Noticioso yo en Valladolid de que vuestra señoría me había buscado en Guanajuato, y que allí se habían hecho informes siniestros de mi conducta por personas que o tratan de levantar su fortuna sobre ruinas ajenas o que quieren vengar resentimientos privados y manados del gobierno que allí he tenido, o que fiscalmente tratan de hacer la corte a los altos personajes con denuncias y murmuraciones, determiné venirme a presentar a vuestra señoría para que residenciara mi manejo y desenvolverle las miras y fines que me había propuesto en acercarme de continuo a los insurgentes, cosas que ni antes ni a todos se podrían revelar sin hacerla perder su eficacia.
Llegué en efecto antes ayer y supe lo mal impresionado que vuestra señoría estaba; resolví por último presentarle esta representación después que hable con vuestra señoría y le explique por mayor todo el misterio de mi conducta.
Vuelvo a confesar a vuestra señoría con toda la franqueza de un hombre de bien, que en obsequio de la humanidad y por obviar atentados que la ultrajaban, me abocaba de continuo con los insurgentes, tal vez hablaba en idioma y al parecer me conducía como ellos, porque con esa moneda creía negociar o comprar garantías para los europeos, sus familias y muchos americanos que la adulación y la intriga daban por reos.
A esto se agrega el poco espíritu que yo tengo, que hacía temer mil peligros a cada paso y no hallar otro asilo que el de la lisonja.
Confieso que el tribunal de la fidelidad nada de esto me indemniza; porque defecto, cobardía, toda neutralidad, y lo que es más, el no ser partidario abierto de la buena causa, es un crimen; pero un crimen de flaqueza y no de designio o premeditación.
Persuadido de ello, no trato ya de vindicarme sino de acogerme a la real clemencia, impetrando como impetro el real indulto, que vuestra señoría ha publicado a nombre de nuestro piadosísimo rey el señor don Fernando VII ofreciendo otorgar en manos de vuestra señoría el juramento de fidelidad más circunstanciado y solemne, por el que me obligaré de buena voluntad a despreciar todo temor y declararles una guerra abierta a estos insurgentes enemigos de la patria y de la religión;
Y por último a compensar cuanto pueda con nuevos servicios al Estado la tal cual mancha que hubiere contraído, procurando mantener en paz y fidelidad el pueblo de Guanajuato que ha sido a mi cuidado, e inspirarles a mis compatriotas ideas de fidelidad.
Protesto a vuestra señoría que mi corazón siempre ha estado por el gobierno, que sobre el despotismo y opresión de los insurgentes pudieron haberme hecho declinar un algo las ideas de humanidad que me propuse seguir.
Sírvase vuestra señoría pues en virtud de sus viceregias facultades declararme indultado, ad-cautelam aceptar el juramento y oferta que le hago, y en seguida mandarme dar mi certificado en los términos que a vuestra señoría le parezca para mi futuro resguardo.—
Por tanto.—
A vuestra señoría suplico se sirva otorgarme esta gracia, por la que quedaré eternamente reconocido.—
Antonio Lavarrieta.—
Villa de León, diciembre 18 de 1810.—
Admito las protestas que el convencimiento y razón arrancan del suplicante; declaro en su favor el indulto, y en su consecuencia, otorgado el juramento que ofrece y que prestará en mis manos, restitúyasele a su curato, en que espera el gobierno que desmentirá con hechos, con palabras y por todos los medios que caben en su corazón sincero, las malas impresiones que ha hecho en el público su conducta; y denle para su resguardo copia certificada de este escrito y mi decreto.—
Calleja.
Don Bernardo Hernández Villamil, teniente coronel graduado de caballería y primer ayudante general del ejército del centro.—
Certifico: que habiéndose presentado a las 10 1/2 de la mañana de este día en el alojamiento del señor general de este ejército, brigadier don Félix Calleja el doctor don Antonio Lavarrieta, cura y juez eclesiástico de la ciudad de Guanajuato, a efecto de prestar el juramento que expresa el anterior decreto, lo verificó en manos de su señoría y a presencia del señor conde de la Cadena, del cura y juez eclesiástico de esta villa don Tiburcio Camilla, y del de Silao don Gregorio Bustillos, jurando in verbo sacerdotis.
Defender abiertamente y sin disimulo, los derechos del trono, la paz de los pueblos y la observancia de las leyes patrias; predicar, persuadir y exhortar a sus feligreses a que las defiendan igualmente, haciéndoles conocer los males en que envuelven al reino los sediciosos, y manifestándoles los errores, injusticias y crímenes de que se han cubierto;
Expresando además que no sólo procuraría convertir al pueblo en favor de la justa causa, siendo uno de sus principales promovedores hasta perder la vida, si necesario fuere, sino que respondía de su fidelidad; cuyas protestas repitió varias veces; todas las cuales fueron admitidas por el citado señor general, de cuya orden pongo el presente documento para los
efectos correspondientes.—
Villa de León, diciembre 19 de 1810.—
Bernardo Villamil.—
Es copia. (Ver nota 1)
Fuente:
J. E. Hernández y Dávalos. Historia de la Guerra de Independencia de México. Seis tomos. Primera edición 1877, José M. Sandoval, impresor. Edición facsimilar 1985. Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana. Comisión Nacional para las Celebraciones del 175 Aniversario de la Independencia Nacional y 75 Aniversario de la Revolución Mexicana. Edición 2007. Universidad Nacional Autónoma de México.
Versión digitalizada por la UNAM: http://www.pim.unam.mx/catalogos/juanhdzc.html
Nota 1. Este documento y el anterior no figuran en su lugar respectivo, porque su adquisición ha sido hasta la fecha, enero de 1879, pero al formarse el índice cronológico de las piezas que forman la colección, lo citáremos en el lugar que le toca.