domingo, 3 de febrero de 2013

Gobierno de la colonia: para entender mejor los escritos oficiales del siglo XVIII y anteriores.

   No sé si tu que esto lees de pronto te pierdes entre los títulos que, quienes administraban las ciudades y las intendencias, reinos y el virreinato de la Nueva España, llevaban. Yo sí me llego a confundir en ello y en los grados de responsabilidad que tenían. Afortunadamente encuentro en el escrito del Dr. Luis Mora una clara respuesta a esas dudas, razón por la cual decido compartirla en este espacio electrónico.

   "Estado actual de la República mexicana en todos los ramos que forman la estadística política de una nación.
Administración del México bajo el régimen español.
Gobierno de la colonia.-

   "La escala de autoridades subalternas a los virreyes en las colonias españolas ha sido tan variada en su nomenclatura  funciones y denominación que sería imposible comprenderla bajo una idea general. Los jefes de las secciones que llamaban reinos o provincias tenían la denominación de Gobernadores; las ciudades que eran conocidas como capitales de provincia se hallaban bajo la autoridad de un Corregidor. Los reinos y las provincias se subdividían en partidos que estaban sujetos a los Alcaldes Mayores, y los pueblos de cada partido estaban sometidos a un Teniente de Justicia. A proporción que la autoridad se hallaba en mayor elevación, sus facultades eran extensas; pero su ejercicio por regla invariable estaba dependiente de las autoridades que se hallaban en la escala ascendente que terminaba en los Virreyes.

   "Las poblaciones que habían adquirido un cierto grado de importancia por el número y calidad de sus habitantes, por su riqueza e industria, o por sus servicios que se consideraban importantes, tenían un ayuntamiento y fondos municipales para los ramos de Policía Urbana. El Ayuntamiento se componía de Alcaldes, Regidores y Síndicos; los Alcaldes y una parte de los Regidores se elegían anualmente de entre los vecinos del lugar, los demás miembros eran perpetuos y sus plazas eran transmisibles a otros por herencia o por venta.

   "Toda la población que tenía Ayuntamiento se denominaba Villa o Ciudad y la diferencia entre estas denominaciones consistía solamente en el número de Alcaldes y Regidores, mayor en las ciudades y menor en las villas. Este orden de autoridades acordado para las colonias españolas fue el que subsistió en México hasta fines del siglo pasado (se refiere al siglo XVIII). (1)

Fuente:

1.- Mora, José María Luis. México y sus revoluciones. Tomo I, Editorial Porrúa. México, 1986. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario